jueves, 21 de junio de 2007

Las deudas por renovaciones

Al principio los inmigrantes alquilamos una vivienda pero, luego de un tiempo, queremos tener una propiedad propia y apropiada. :)

Cuando ya tenemos la propiedad (casa o condo) y el tiempo y la vida siguen pasando, es normal querer o tener que renovar, cambiar el techo, remplazar las ventanas, etc., a veces a causa del clima tan drástico que afecta las construcciones. También es normal querer construir otro baño, renovar la cocina existente o hacer una ampliación o una piscina.

Si los trabajos son importantes, normalmente se contrata a alguna persona para hacerlos, llamada "entrepreneur" o simplemente constructor o renovador. Obviamente las renovaciones son costosas en el Primer Mundo y bien vale hacer los números y tener un presupuesto a los fines financieros, pero también a los fines legales... porque este entrepreneur tiene algo así como un "superprivilegio" para cobrarse la factura.

Debemos saber que existen normas legales específicas que le otorgan un rango extraordinario, no sólo al entrepreneur, sino también a los subcontratistas si, por cualquier razón, no perciben el precio por sus servicios. En caso de incumplimiento del propietario que encarga los trabajos de renovación, el entrepreneur y sus subcontratistas tendrán derecho a inscribir ellos solitos... una hipoteca! Es una hipoteca legal prevista por el Código Civil de Quebec que el entrepreneur inscribe en el registro inmobiliario sobre nuestra vivienda objeto de los trabajos, con unos plazos muy generosos para hacer el trámite en relación a cualquier otro acreedor hipotecario. Pero atención que también tendrán el mismo derecho a una semejante hipoteca el arquitecto, el ingeniero, el proveedor de materiales y hasta los obreros.

En tal caso, si no se llega a un arreglo de pago con el propietario, el acreedor (entrepreneur, arquitecto, etc.) puede ejercer alguno de los recursos hipotecarios previstos por el Código Civil, por ejemplo, la venta por orden judicial. Cabe resaltar que es importante la plusvalía que los trabajos de renovación le dan al inmueble amenazado de ser vendido, ya que el entrepreneur tendrá una preferencia de cobro sobre ese monto y antes que cualquier otro acreedor hipotecario (antes que el banco que otorgó el préstamo, por ejemplo, o que el sindicato de copropietarios por las cargas comunes impagas del condo).

Vale también tener en cuenta, por su parte, que el propietario puede retener sobre el precio del contrato a pagar al entrepreneur, las sumas suficientes para pagar a los subcontratistas y obreros que le notificaron (al propietario) su intervención en los trabajos. Pero el entrepreneur puede por su parte darle una garantía suficiente para obtener inmediatamente el pago total por los mismos. Claro está que con tantas vueltas, al principio conviene chequear con cuidado el borrador de contrato antes de firmar y ver qué cláusulas pueden negociarse mejor.

En caso de quiebra del propietario, también se mantiene este privilegio del entrepreneur y su hipoteca sobre el inmueble.

En resumen, habrá que recordar entonces que, además de estudiar el contrato, debemos hacer un presupuesto realista que podamos cumplir puntualmente y estar seguros de eso antes de comenzar los ansiados trabajos. Como dice el refrán, "más vale prevenir que curar" y, luego, a disfrutar merecidamente de la casa renovada!

2 comentarios:

Lili y Daniel dijo...

Muy interesante Gus, para tomar en cuenta esta información, Gracias

Gus Comas dijo...

Gracias Lili y Daniel. Hay cosas como estas que no son tan evidentes y vale la pena informarse, poco a poco.