martes, 30 de enero de 2007

La empresa propia

Una de las preguntas que nos hacemos los inmigrantes, especialmente luego de cierto tiempo en el nuevo país, es cómo formar una empresa. Las razones por las cuales alguien quiere constituir una entidad para llevar adelante una actividad económica, pueden ser variadas, como por ejemplo por no querer ser empleado, por encontrar dificultades en el ingreso al mercado de trabajo, para aumentar las posibilidades de progreso económico, por cuestiones fiscales, etc. Un poco siguiendo la publicación "Droit de l'entrepise" de Nicole Lacasse, les resumo en este mensaje lo que para mí es interesante como primera aproximación al tema.

Cuando aquí nos referimos al concepto "empresa" estamos hablando de una actividad económica organizada, englobando a las que tienen fin de lucro y a las que no lo tienen. Para resumir, en general podemos decir que en Quebéc hay seis formas diferentes de explotar una empresa: la Empresa Individual, la Sociedad, la Compañía (sujeta a leyes específicas), la Asociación, la Cooperativa y la Persona Moral sin Fines de Lucro. Además de las leyes particulares que le son aplicables, también deben tenerse en cuenta las normas del Código Civil de Quebec, los reglamentos municipales (permisos de explotación, zonage y horarios de abertura) y otras leyes como la Ley sobre la Publicidad Legal de las Empresas. A ello se agregan las obligaciones fiscales, como la inscripción en los ministerios de "revenu" provincial (por la TVQ) y federal (por la TPS) y obtener el número de empresa ("entreprise") a los fines del pago de impuestos y el número de empleador a los fines de las retenciones a los empleados sobre el salario, seguro de desempleo, seguro de salud y rentas de Quebec.

Teniendo en mira el aspecto de obtención de lucro, podríamos decir que para una persona física que no quiere socios, hay dos tipos de empresas a considerar: la "Empresa Individual" y la "Compañía." La forma más corriente en Quebec es la Empresa Individual, la cual no tiene una personalidad jurídica propia, ya que su existencia y su patrimonio se confunden con la de su propietario (ya sea para bien o para mal, atención a esto!). La Empresa Individual no está regida por una ley específica, aunque se le aplican ciertas reglas de publicidad y las normas generales (Código Civil, etc.). Por ello, a la Empresa Individual me refiero a continuación.

Para constituir una Empresa Individual primero debe tenerse en cuenta el nombre: si el mismo contiene el nombre y apellido del propietario (ej., "Electricidad Juan Pérez") no hace falta matricularla en el registro de empresas (Registraire des entreprises), aunque puede hacerse de todas formas; en cambio si no lleva nuestro nombre, hay que matricularla obligatoriamente mediante la presentación de una declaración en dicho registro. La constitución entonces es simple y los gastos a tener en cuenta son bajos: la declaración para matricularla en el registro tiene un cierto costo, y existe una declaración anual que sería gratuita si es hecha en los plazos estipulados. Sin embargo, el ministerio de "Revenu" cobra al propietario de la empresa unos derechos anuales de matriculación al momento de la declaración de impuestos.

Una de las ventajas de esta forma de empresa, dice la autora mencionada, es que el propietario tiene derecho a las deducciones impositivas respecto a las ganancias de la empresa (ej., el caso de aportes al REER). Pero la tasa de imposición es más alta que para una "Compañía" (si no se considera la doble imposición: la Compañía paga impuestos, y si se distribuye a los accionistas, éstos deben a su vez pagar su propio impuesto a las ganancias, lo que genera una doble imposición). Como desventaja de la Empresa Individual podemos mencionar que su propietario es responsable ilimitadamente por las obligaciones de la Empresa Individual y responde aún con sus bienes personales frente a los acreedores. Parece entonces hecha para el caso de una actividad empresaria menor, donde no haga falta tanto financiamiento o endeudamiento y en donde todos los asuntos puedan ser bien manejados sin poner en riesgo, por ejemplo, los bienes de la familia.

En resumen, les he comentado un primer panorama sobre el tema de la Empresa Individual en Quebec formada por una persona física. Esta empresa aparece como simple de constituir y a bajo costo, aunque las deudas de la actividad pueden ser reclamadas por los acreedores al propietario sobre todos sus bienes. En Internet puede encontrarse información en el Registraire d'entreprises donde también pueden llegar al formulario de matriculación para ilustrarse de los datos específicos que el registro demanda.

4 comentarios:

Tereré dijo...

Muy interesante Gus, realmente. Yo estoy realmente bastante interesado en este tipo de informacion si bien esperaba informarme mejor cuando vaya a Canadá pues sobre todo con el tiempo espero poder montar algo propio por allá.

Gracias por la info y segui adelante que esto ayuda muchísimo.

Nelson

Gus Comas dijo...

Gracias Nelson y todo paso a paso!
Un abrazo,
Gus

Hector dijo...

Excelente Gus.
Creo que en Mexico, tenemos las mismas sociedades, excepcion hecha con las Compañias, que no me imagino cual seria la diferencia con las Sociedades, ya que en Mexico se le conoce indistintamente como Sociedades o Compañias, las cuales tienes socios o accionistas, pero supongo que nos lo aclararas mas adelante.
Muchas gracias por la informacion.

Gus Comas dijo...

Son distintas Hector, incluso hay diferentes tipos de sociedades (en nombre colectivo, en comandita y en participación). Ya veremos las Compañias por acciones (son diferentes a las Sociedades en Quebec).
Saludos!
Gus