viernes, 15 de diciembre de 2006

Carta Canadiense de Derechos y Libertades, pero no tanto...

La Carta Canadiense de Derechos y Libertades (CCDL) se encuentra incluída en la Ley Constitucional de 1982... No hace mucho, eh?

La Carta garantiza a los habitantes las libertades fundamentales como de religión, de expresión, de prensa, de reunión pacífica y de asociación. También contempla el derecho de voto y las garantías jurídicas incluyendo el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad, al "habeas corpus" en caso de arresto, a no testimoniar contra sí mismo, a la presunción de inocencia, a un juicio equitativo, a la protección contra las torturas, etc.

También reconoce el derecho de todos a ser tratados como IGUALES y no admite discriminación alguna, especialmente y como ejemplo, en virtud de la raza, origen nacional o étnico, color, religión, sexo, edad o deficiencias mentales o psíquicas.

Sin embargo, hay dos formas por las cuales el gobierno federal o el de las provincias como Quebec, pueden en ciertos casos eludir el cumplimiento de estos artículos. La primera es por medio del art. 33 de la Carta, por el cual el Parlamento federal o las legislaturas de las provincias pueden adoptar leyes en contra de dichos derechos y libertades reconocidos, por el término de 5 años... renovables con nuevas sanciones legislativas!

La segunda forma de eludir los derechos personales se establece en su mismo art. 1: los derechos y libertades pueden ser restringidos por una norma dentro de límites que sean razonables y justificables para una sociedad libre y democrática. Es decir que una ley podría conculcar derechos individuales si la sociedad y las circunstancias lo requieren.
Si lo vemos del lado que nos favorece, este artículo ha permitido a los jueces y, especialmente a la Corte Suprema de Canadá, a declarar inoperantes o inválidas muchas disposiciones o leyes enteras que, llevadas a juicio, el gobierno respectivo no pudo demostrar o justificar su razonabilidad, ni que el efecto de la restricción era mínimo, ni que fuera proporcionado el perjuicio que sufre la víctima privada de un derecho y el beneficio que obtiene la sociedad por ello. El caso más famoso es el de "Oakes", por el cual la Corte Suprema invalidó la norma que establecía la durísima presunción de ser traficante a quien poseía ínfimas cantidades de drogas. Este caso es famoso porque estableció claramente el razonamiento que los jueces deben hacer cuando se plantea la inconstitucionalidad de cualquier norma legal.

Es importante resaltar que el art. 24 de la Carta Canadiense establece que la víctima de una violación a los derechos humanos comentados, puede dirigirse a un tribunal para obtener la reparación pertinente a través de un fallo.

En resumen, la Carta Canadiense de Derechos y Libertades ha dado lugar a una profusa jurisprudencia a partir de 1982, fundada en los derechos y libertades fundamentales reconocidos y que, desde entonces, tienen un rango constitucional que antes no poseían. Por art. 52, la Constitución es la "Ley Suprema" de Canada y ninguna ley, reglamento, decreto o acto de funcionarios puede violarla. Salvo por las excepciones comentadas en cuanto a los mecanismos de derogación... En mi humilde opinión, el Derecho es un conjunto de normas generales con excepciones generales!

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