lunes, 16 de octubre de 2006

CASO "ROSENTHAL": Contrato por teléfono

El otro día me sorprendieron con un llamado desde Palm Beach, USA, ofreciéndome un contrato por el cual debía traducir del inglés al español un curso ofrecido en Internet. Entre un llamado y otro, me puse a pensar: A dónde reclamar si no me pagan? En Montreal... o en USA? La respuesta puede tener consecuencias prácticas muy importantes en caso de controversias. Entonces recordé que hoy en día se menciona aquí en la universidad el caso "ROSENTHAL & ROSENTHAL C. BONAVISTA FABRICS", el cual decidió que el lugar de conclusión de un contrato (y por lo tanto el lugar que designa el tribunal competente y la ley aplicable) es Montreal si la aceptación es dada por teléfono en Montreal, ya sea tanto en virtud de una comunicación telefónica como de dos. Interesante... pero bueno, en mi caso no hubo finalmente contrato porque no hubo acuerdo durante la segunda conversación sobre la inclusión del pago, justamente, de una suma por adelantado... :(

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